Concepto de Gastos Deducibles para la Agencia Tributaria:

Dadas las continuas actuaciones inspectoras de la Agencia Tributaria en este sentido, creemos conveniente recordarles algunos conceptos para que los tengan en cuenta en el día a día de su empresa.
Mediante la presente circular les recordamos los criterios de la Agencia Tributaria para admitir un GASTO como afecto a la actividad y por tanto deducible cara a la declaración tanto en la Renta de las Personas Físicas como en el Impuesto sobre Sociedades.
Pulse en el próximo enlace: 

2016 03 CIRCULAR GASTOS DEDUCIBLES PDF

Los comentarios están cerrados.